A raíz de una denuncia presentada por Conaf Los Ríos, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) decidió abrir un proceso de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) al proyecto Altos del Ranco, ubicado en el sector Riñinahue, comuna de Lago Ranco.
Según el análisis realizado por esta Superintendencia, dicho proyecto consiste en la ejecución de un loteo, cuya subdivisión se encuentra aprobada por el SAG de acuerdo a su normativa, y que arroja un total de 944 parcelas superiores a media hectárea.
De ese total, y según la información aportada por Conaf, un 38%, es decir 362 parcelas, se encuentran emplazadas físicamente dentro del Parque Nacional Puyehue y las restantes 582 parcelas se encuentran inmediatamente aledañas al área protegida.
“Se trata de un caso relevante desde todo punto de vista, porque se ejecutará, en parte, dentro de un Parque Nacional, lo que para efectos de la ley ambiental constituye un Área Protegida, por ello la necesidad de abrir este proceso”, explica Eduardo Rodríguez, Jefe de la Oficina Regional de Los Ríos de la SMA.
Cabe destacar que la ley señala que se requiere una evaluación ambiental previa para la “ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales”, entre otras zonas de protección por su riqueza de flora y fauna.
En este caso se constató que parte importante de los lotes ya han sido transferidos a terceros, se efectuó la apertura de caminos de acceso, la extensión de dichos caminos, y la corta ilegal de bosque nativo, todo lo cual da a entender que en la práctica se instalarán estructuras destinadas a la habitación en las parcelas de agrado, las que son comercializadas por el titular.
Además, considerando que son 944 lotes, bajo un principio de realismo, es esperable que se construyan una vivienda por cada lote, lo que a mediano plazo claramente constituirá una mayor carga e impactos ecosistémicos en ese entorno.
Entre las eventuales amenazas se cuentan la tala de árboles nativos, presión sobre el recurso agua tanto superficial como a nivel de napas, afectación a la belleza escénica del sector y la consecuente disrupción de un ecosistema no acostumbrado a la presencia humana.
Cabe tener presente que el requerir de ingreso a un proyecto que ha eludido el SEIA, es una medida correctiva ordenada por la SMA en el marco de sus facultades de fiscalización.
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